MANUAL DE PREVENCIÓN CONTRA LA EXPLOTACIÓN Y MATERIAL DE ABUSO DE MENORES DE EDAD EN ENTORNOS DIGITALES

SECCIÓN 1: DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS Y MARCO COMPROMISORIO

G5 ENGINEERING SAS, debidamente registrada bajo la matrícula mercantil No. 321234 en la Cámara de Comercio de Villavicencio (Meta) y con actividad económica principal bajo el Código CIIU 4321, manifiesta su absoluto compromiso y política de cero tolerancia frente a cualquier forma de explotación, violencia, turismo sexual o comercialización de material de abuso de niñas, niños y adolescentes en los entornos digitales.

En estricto acatamiento del artículo 44 de la Constitución Política de Colombia, los mandatos de la Ley 679 de 2001, el Decreto 1524 de 2002 y el Decreto 067 de 2003, la compañía implementa las directrices administrativas, operativas y técnicas pertinentes para impedir de manera proactiva la propagación, el alojamiento o la circulación de contenidos relacionados con la pornografía infantil a través de la infraestructura tecnológica, redes o plataformas digitales que se encuentren bajo su directa gestión y supervisión corporativa.

Asimismo, la organización respalda y promueve las iniciativas del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), en especial la estrategia institucional de pedagogía y concientización sobre la sana convivencia digital y el uso seguro y responsable de las nuevas tecnologías.

SECCIÓN 2: CANALES INSTITUCIONALES PARA LA RADICACIÓN DE DENUNCIAS

En caso de identificar portales web, redes, contenidos o conductas que expongan, comercialicen u ofrezcan servicios de índole sexual que involucren a menores de edad, cualquier ciudadano puede acudir de forma inmediata ante las siguientes autoridades competentes del orden nacional:

A. Estrategia Nacional del Ministerio de las TIC

  • Plataformas de reporte digital: www.teprotejo.org o mediante el portal www.enticconfio.gov.co
  • Aplicativo móvil: Herramienta «Te Protejo» habilitada en las tiendas de sistemas operativos iOS y Android.

B. Fiscalía General de la Nación

  • Central de atención telefónica gratuita: 01 800 0912280
  • Portal institucional para denuncias: www.fiscalia.gov.co

C. Policía Nacional de Colombia – Dirección de Investigación Criminal e INTERPOL (DIJIN)

  • Unidad operativa: Grupo Investigativo de Delitos Informáticos.
  • Sede física de atención: Carrera 77A No. 45-61, Barrio Modelia, Bogotá D.C.
  • Líneas de comunicación: PBX: (601) 426 6900 Extensiones: 6301 – 6302 | Teléfono directo: (601) 426 6300.

D. Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF)

  • Línea de atención nacional (sin costo): 01 8000 91 80 80 (Operativa de forma continua las 24 horas, de lunes a domingo).
  • Canal especializado contra el abuso sexual: 01 8000 11 24 40 (Operativo de forma continua las 24 horas, de lunes a domingo).
  • Servicios interactivos en línea: Chat corporativo, llamadas web y videollamadas (según horarios de oficina establecidos), accesibles desde el portal principal www.icbf.gov.co, además del correo oficial de atención al ciudadano.

SECCIÓN 3: FUNDAMENTACIÓN JURÍDICA Y REGULATORIA

Las directrices fijadas en este protocolo corporativo hallan su sustento legal en los siguientes instrumentos normativos del Estado Colombiano:

  • Ley 679 de 2001 (Diario Oficial No. 44.509): Estatuto legal expedido con el propósito misional de estructurar medidas preventivas y sancionatorias contra la explotación, la pornografía y el turismo sexual de menores de edad, materializando la especial protección constitucional exigida para la infancia y la adolescencia.
  • Decreto Reglamentario 1524 de 2002: Disposición del Ministerio de Comunicaciones destinada a reglamentar el artículo 5° de la Ley 679 de 2001. Este marco ordena el despliegue de mecanismos técnicos y administrativos idóneos en las redes de información globales para restringir el acceso y la exposición de menores de edad a contenidos de carácter pornográfico.
  • Decreto 067 de 2003 (Diario Oficial No. 45.066): Acto administrativo que establece las prórrogas y parámetros complementarios de la normatividad anterior, enfocados en el aseguramiento técnico que deben adoptar los proveedores de servicios y redes en el territorio nacional.

SECCIÓN 4: CANALES COMPLEMENTARIOS DE G5 ENGINEERING SAS

Cualquier incidente técnico, vulnerabilidad detectada en nuestra infraestructura o reporte asociado a las buenas prácticas de seguridad informática en el marco de este manual, podrá ser canalizado internamente ante el oficial de cumplimiento técnico de la organización a través de:

  • Correo electrónico institucional: contacto@g5e.com.co
  • Línea de atención telefónica y mensajería corporativa: 3202023940

Este documento forma parte integral del Sistema de Gestión de la organización y se mantendrá publicado para el conocimiento público y auditorías de control pertinentes.

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